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Sobre La Reforma al Artículo 34; Daniel F. Azuero

El Congreso de la República aprobó en los últimos días el Acto Legislativo que permite condenar con cadena perpetua a los violadores y asesinos de niños. Este es un proyecto que lleva varios años intentándose implementar, y en varias ocasiones el presidente Iván Duque manifestó su aprobación y apoyo a esta reforma para condenar perpetuamente a aquellos que cometan este crimen.

Este Acto Legislativo ha comenzado a resonar mucho, aquellos que los defendían lo han celebrado como un gran avance para luchar contra estos criminales que destruyen a los niños y niñas de Colombia. Y es que la violación y asesinato de niños es un tema bastante preocupante, según medicina legal, en Colombia ocurren 60 casos de abusos contra niños cada día. Una cifra bastante alarmante y que mueve muchas emociones. Pero hay que pensar con cabeza fría y entender que la cadena perpetua no es la solución.

La cadena perpetua para violadores y asesinos de niños y niñas es solo una reforma populista y sin ninguna determinación ni solución verdadera de fondo.

Primero, la cadena perpetua no evita que se dejen de cometer los crímenes, además porque según Sisma Mujer y Medicina Legal, solamente el 5% de los casos de violencia sexual sucede algo y solo al 1% se le imputa una condena. Entonces el problema no esta en cuanto tiempo metemos al criminal a la cárcel sino en mejorar la capacidad y efectividad del sistema judicial colombiano que está totalmente colapsado. Esto es por medio de mayor inversión presupuestal en buenos investigadores y profesionales, aumentar las personas que ejercen la labor de policía judicial, evitar la impunidad por medio de la no prescripción del delito etc.

Segundo, la cadena perpetua solamente aumentaría el hacinamiento carcelario (más presos de los que se pueden tener) que sufre este país. Además, teniendo en cuenta que mantener a un preso al año le cuesta al país 18 millones de pesos y que mantener a una persona en condición de cadena perpetua costaría mas de 670 millones. Dinero que, como ya mencioné, se puede usar para inversión en el sistema judicial y muchas otras cosas más.

Tercero, en cuestiones de práctica, en Colombia ya existía casi lo mismo que una cadena perpetua. Pues que la mayor condena era de 60 años de cárcel, lo cual al hacer cuentas es lo mismo a pasar toda una vida en la cárcel y la condena de cadena perpetua seria irrelevante e innecesaria.

Cuarto, la aprobación de este acto legislativo genera un problema jurídico que la corte constitucional tendrá que resolver. Problema que los podemos resumir de la siguiente forma. El control de constitucionalidad que se hace sobre este tipo de normas únicamente se puede hacer por vicios en su procedimiento y en su competencia. La corte constitucional se ha mencionado en decir que la constitución por naturaleza se puede reformar, pero que la competencia de las reformas inhibe a estas de la posibilidad de sustituir la constitución. Para verificar y realizar un juicio de sustitución, la corte mencionó que existen unos ejes estructurales del estado colombiano que se pueden deducir de los artículos 1 y 2 de la constitución.

Dichos ejes estructurales son intocables, puesto que al modificarlos se sustituiría la constitución y se derrumbaría los principios estatales. Dentro de esos ejes estructurales, se puede deducir la protección y el respeto por la dignidad humana. Y el problema jurídico reside en determinar si la cadena perpetua para violadores de niños y niñas quebranta ese principio de dignidad humana.

El sistema punitivo colombiano tiene como base la creencia de la rehabilitación del criminal. Por lo tanto, se concibe la posibilidad de reintegración social de los delincuentes por lo que la cadena perpetua no era aprobada. La cadena perpetua en general, acá en Colombia, se considera un trato inhumano, y alargando términos es considerada una pena de muerte. Por consiguiente, el problema que la corte constitucional tendrá que resolver es si esta cadena perpetua, aunque solo este destinada para violadores y asesinos de niños, irrumpe con esas concepciones del sistema punitivo que hacen parte de la dignidad humana.

En conclusión, la cadena perpetua no es la solución, es inservible y no resuelve ningún problema de fondo, e incluso genero otros problemas y otras complicaciones. La aprobación de este Acto Legislativo depende ahora de la corte constitucional.

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