En Perspectiva
(In)Cumplimiento a lo Holmes Trujillo; Daniel Azuero
Frente a las ultimas situaciones bastantes polémicas sobre las protestas y hechos sucedidos el 9 y 10 de septiembre. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) el 22 de septiembre expidió la sentencia de tutela STC7641 – 2020. Esta sentencia, que analiza a profundidad los temas relacionados con las demandas de abusos de la fuerza pública a civiles, no solo en el marco de los últimos sucesos, se vuelve completamente relevante para este tipo de discusiones frente al derecho a la protesta civil, el papel de la fuerza pública por garantizar la realización de este derecho y al mismo tiempo la preservación del orden público.
Entre una de las órdenes dictadas por la CSJ en esta sentencia, está ordenar al Ministro de Defensa pedir disculpas por los abusos de poder sucedidos en las protestas del 21N y los recientes hechos: “Como medida de reparación simbólica, se ordenará al Ministro de Defensa que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes el enteramiento de esta providencia, en un acto difundido por radio, televisión y redes sociales, pida disculpas por los excesos de la fuerza pública, en especial, aquellos cometidos por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional – ESMAD- durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre de 2019 y los recientes de algunos miembros de la Policía Nacional.” (STC7641 – 2020)
En efecto, dentro del plazo destinado por la CSJ, el Ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo hizo público un breve video donde acata formalmente la orden. Sin embargo, el video realizado por el Ministro Holmes Trujillo no cumple en lo absoluto con la intención material y simbólica del fallo de la CSJ. Las pronunciaciones del Ministro son una declaración de disculpas totalmente ambiguas que no cumplen con la orden dada. Dentro de este video, él hace una reiteración a unas declaraciones dadas el 11 de septiembre, donde dijo que “la Policía Nacional pide perdón por cualquier violación a la ley o desconocimiento de los reglamentos en que haya incurrido cualquiera de los miembros de la institución” y posteriormente hace hincapié en que esta declaración ya antes dada cobija y aplica para cualquier tiempo. Por lo tanto, supone que no es necesario dar unas nuevas disculpas, ya que la afirmación ya expuesta cobija cualquier tipo de acusación en relación con las disculpas.
Aunque formalmente la orden se cumplió, hay un grave problema de desacato material de la orden porque, (i) la orden de la CSJ especifica pedir disculpas por los sucesos de abuso del ESMAD en el 21N del 2019 y los asesinatos policiales a civiles en los recientes sucesos. Y esto tiene toda una intención de centralizar la problemática y lograr generar una reparación simbólica para las víctimas por medio del reconocimiento, por lo que el Ministro tuvo que haberse referido a estos sucesos explícitamente. (ii) El decir únicamente que “La policía nacional pide perdón por cualquier violación a la ley” es desconocer los hechos que las misma CSJ dio por realizados, puesto que violar la ley es extremadamente amplio y no implica necesariamente abusos de autoridad. Básicamente el Ministro se disculpó por la más obvia prohibición que tiene toda persona en el mundo.
De igual manera, hay unas intenciones de subtexto en esta declaración. Pedir disculpas de manera clara y explícita (cumplir la orden de la CSJ básicamente) afecta la imagen del Ministerio de Defensa y consecuentemente del señor Carlos Holmes Trujillo. Hubo una total intención de hacer creer que se cumplió la orden de la CSJ, sin exponerse a aceptar aquellos fallos brutales en la fuerza pública. Por otro lado, desobedecer a la CSJ es un claro ataque contra el principio de la separación de poderes y un desconocimiento de la autoridad que tiene el tribunal.
Por todo lo anterior, hay un claro desacato material de la orden en una sentencia de tutela, por lo que debe haber una sanción extra para el Ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo.